Oficina de Referencia Extranjera
ORE - Jurisprudencia - Brasil
11/07/2024

TRIBUNAL SUPREMO FEDERAL DE BRASIL

Derecho a la igualdad. Discriminación. Derecho del trabajo. Cupos para personas de raza negra en concursos públicos federales. (ADI 7654, sentencia del 14-6-2024).


   
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TRIBUNAL SUPREMO FEDERAL DE BRASIL, ADI 7654, sentencia del 14-6-2024, en http://www.stf.jus.br/arquivo/cms/noticiaNoticiaStf/anexo/ADI7.654MC2.pdf; https://sistemas.stf.jus.br/repgeral/votacao?texto=6108596; https://noticias.stf.jus.br/postsnoticias/stf-mantem-decisao-que-prorrogou-lei-de-cotas-raciais-em-concursos-publicos/. 

 

Antecedentes del caso: el Partido Socialismo y Libertad y la Red Sustentabilidad interpusieron una acción directa de inconstitucionalidad ante el Tribunal Supremo Federal. Solicitaron mantener la política de cupos, que implica la reserva del 20 % de las vacantes en los concursos públicos federales para personas de raza negra.
Los accionantes cuestionaron la constitucionalidad del art. 6 de la Ley n.° 12990/2014, que establecía un plazo de 10 años para finalizar la política de reserva de vacantes en concursos públicos y cuya fecha límite, justamente, era el 10 de junio de 2024. Solicitaron prorrogar la vigencia de la norma. Además, argumentaron que la política impugnada no garantizaba una inclusión social efectiva, ya que los cupos se limitaban a concursos que ofrecían tres o más vacantes. Por eso, resultaba imposible implementar efectivamente la política para determinados cargos públicos que, históricamente, solo ofrecían una o dos vacantes por convocatoria.

Sentencia: el pleno del Tribunal Supremo Federal de Brasil resolvió, por unanimidad, prorrogar la vigencia de la ley hasta que el Congreso Nacional aprobara una nueva norma sobre la materia.
El tribunal acompañó el voto del relator del caso, el ministro Flávio Dino, que concedió el amparo y consideró adecuado extender el plazo de vigencia de la política de cupos. Para ello, tuvo en cuenta que el 10 de junio era la fecha límite establecida en la norma. Sostuvo que el plazo previsto debía entenderse como un marco temporal para evaluar los efectos de las acciones llevadas a cabo y planificar su continuidad, reorganización o finalización. Se opuso, en cambio, a la interpretación de que la política de cupos debería suspenderse de forma abrupta. 
Por lo tanto, la disposición seguirá vigente hasta que el Congreso Nacional concluya el trámite legislativo sobre la materia. El relator señaló que el Congreso estaba tratando un proyecto de ley al respecto, que la Cámara de Senadores ya le había dado media sanción y que el texto había sido remitido a la Cámara de Diputados para completar el proceso legislativo. 
Dino agregó que, en el proyecto con media sanción, los legisladores reconocían que, a pesar de los avances de los últimos años, las prácticas que jerarquizan, discriminan y mantienen a la población negra en una condición de subalternidad siguen siendo lamentablemente rutinarias en el país. En relación con esto, los legisladores destacaron que, en 2020, alrededor del 43 % de los ingresantes en el Poder Ejecutivo federal para ocupar cargos civiles eran negros. Este aumento demuestra el evidente éxito de la política de cupos para que la composición de la fuerza de trabajo estatal a nivel federal se aproxime gradualmente a la composición del conjunto de la población. Sin embargo, todavía no se ha alcanzado la plena igualdad, ya que ese dato representa un porcentaje muy inferior al de la población negra en relación con la población total. Por eso, los legisladores afirmaron que la política de cupos aún no había alcanzado su objetivo y debía prorrogarse.
El relator también observó que decretar el fin abrupto y definitivo de las acciones afirmativas vulneraba las normas constitucionales vinculadas con la construcción de una sociedad justa y solidaria y con la erradicación de las desigualdades sociales, de los prejuicios de raza y color y de cualquier otra forma de discriminación. Recordó al respecto el compromiso asumido por el Estado brasileño al incorporar al ordenamiento jurídico interno la Convención Interamericana contra el Racismo, la Discriminación Racial y Formas Conexas de Intolerancia mediante el Decreto n.° 19932, de enero de 2022. Esta convención obliga al Estado a adoptar políticas que promuevan la igualdad de oportunidades para las personas o grupos sometidos al racismo, la discriminación racial y otras formas de intolerancia, e incluye la exigencia de tomar medidas en el ámbito laboral.
Por otro lado, el relator destacó que había muchos concursos públicos en marcha o recientemente finalizados bajo las premisas de la política de cupos. Por esa razón, advirtió que el fin repentino de esta política generaría inseguridad jurídica en relación con los concursos abiertos e implicaría, muy probablemente, la multiplicación de los litigios.